Unión Cívica Radical

"O el gobierno tiene algún propósito inconfesable o esto es una locura"

01-12-1997 De: Dirección de Prensa

Terragno sostiene que el decreto de privatización
de aeropuertos es "inconstitucional" y demás "innecesario" porque se podría privatizar por una ley, que ya tiene media sanción del Senado y despachos de Comisión en Diputados, y podría salir rápidamente.

Comunicados de Prensa del Comité Nacional de la U.C.R.
Terragno sostiene que el decreto de privatización de aeropuertos es "inconstitucional" y además "innecesario" porque se podría privatizar por una ley, que ya tiene media sanción del Senado y despachos de Comisión en Diputados, y podría salir rápidamente

"O el gobierno tiene algún propósito inconfesable o esto es una locura"

"Como pueden hablar de seguridad jurídica quienes quieren privatizar por decreto, violando la Constitución, burlando al Congreso y desafiando cinco fallos judiciales?"
BUENOS AIRES, 1 de diciembre de 1997. - "No es la Alianza: es la Constitucion quien dice que un decreto asi es nulo. Lo han dicho, ademas, cinco jueces. Y el gobierno sigue adelante, sabiendo que lo que hace es inconstitucional. Inconstitucional e innecesario, porque la ley de privatizacion de aeropuertos ya tiene media sancion del Senado y despachos de Comision en Diputados. Si quisiera, el gobierno podria decreto inconstitucional. Aqui hay gato encerrado. O el gobierno tiene algun proposito inconfesable o esto es una locura". Asi se expreso hoy el titular de la UCR, Rodolfo Terragno, con relacion al decreto de privatizacion de aeropuertos. Terragno recordo que, en su articulo 99, la Constitucion declara que una ley sancionada por decreto es nula "de nulidad absoluta e insanable". El jefe radical salio asi al cruce de una solicitada que el Consejo Nacional Justicialista publicara mañana, referida a la posicion de la Alianza respecto de la privatizacion de los aeropuertos por decreto. "Como pueden hablar de seguridad juridica quienes quieren privatizar por decreto, violando la Constitucion, burlando al Congreso y desafiando cinco fallos judiciales? Ni siquiera procederia aqui un decreto de necesidad y urgencia, ya que no se dan las 'circunstancias excepcionales' que hagan 'imposible' seguir los 'tramites ordinarios' para la sancion de las leyes'", subrayo Terragno, para agregar luego: "Dejando de lado el hecho de que el Ejecutivo no puede dictar decretos de necesidad y urgencia, aun mediando circunstancias excepcionales, hasta tanto no se constituya la Comision Bicameral Permanente prevista por la Constitucion, debemos destacar que de cualquier manera (asi hubiera urgencia y Comision Bicameral) tampoco se podria privatizar por decreto, porque los decretos de necesidad y urgencia no son normas definitivas sino transitorias, que deben ser convalidadas o anuladas por el Congreso en un tiempo perentorio de mas o menos un mes".